El Concejo Deliberante de nuestra ciudad tratará en los próximos días una modificación en la ordenanza que regula el arbolado público. Entre las principales medidas, se propone aumento en el valor de las multas para quienes corten árboles sin autorización.
La Concejal María Laura Biondini, explicó a BAHÍA EN SINTESIS que “las personas que saquen árboles sin permiso tendrán penas más duras y además se obligará a reponer los ejemplares”.
Con la normativa actual, la multa hoy equivale a $ 6.451,85. Con la actualización, se podría aumentar hasta los $ 161.296,47.
¿Cómo proceder para solicitar la poda o extracción de un árbol, o el corte de sus raíces?
Los vecinos deben solicitar al municipio autorización para podar o extraer un árbol. Para ello, ingresando al Centro de Atención al Vecino en la web del Municipio de Bahía Blanca, el vecino puede solicitar un turno para la realización del trabajo, justificando los motivos de la solicitud (interferencia peatonal, interferencia vehicular, interferencia con luminarias o carteles, riesgo de caída de ramas, etc.), indicando, además, la dirección de referencia para intervención, las observaciones que quiera formular e, incluso, puede adjuntar una foto del árbol a intervenir.
¿Cuándo el municipio autoriza la realización de las tareas de eliminación, traslado, poda, corte de raíces y ramas?
El Departamento de Parques Municipales autorizará la realización de las tareas de eliminación, traslado, poda, corte de raíces y ramas, sólo cuando:
- Por su estado sanitario o morfológico no sea posible su recuperación.
- Los ejemplares impidan u obstaculicen el trazado o realización de obras públicas cuyos pliegos de licitación debidamente aprobados contemplen el cumplimiento de la presente.
- Obstaculicen la entrada de vehículos en accesos existentes a la fecha de sanción de la presente.
- Sea necesario garantizar la seguridad de las personas y/o bienes, la prestación de un servicio público, la salud de la comunidad y/o la conservación o recuperación del arbolado público.
- Cuando se trate de especies o variedades que la experiencia demuestre que no son aptas para arbolado público en zonas urbanas.
- Cuando la posición del fuste amenace con su caída o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos, viviendas y/o se encuentre fuera de línea con el resto del arbolado existente.
En caso de erradicación de especies arbóreas vivas, la ordenanza establece el procedimiento a seguir por parte del propietario frentista y la obligación de reponer el ejemplar retirado. En caso de incumplimientos, se fijan multas.
Biondini explicó, un tema no menor, y es que se busca darle prioridad a los informes técnicos, en aquellas circunstancias que hagan, que el arbolado este poniendo en peligro el lugar donde está plantado.
