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Elaboran protocolo para regular la actividad de los musicoterapeutas

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El Ministerio de Salud de la Provincia aprobó el protocolo de la atención musicoterapéutica en el contexto de la pandemia de coronavirus para evitar los contagios, informó la cartera sanitaria.

El Ministerio recomienda la “modalidad de atención remota”, es decir a distancia, como la teleterapia o teleconsulta utilizando diversos dispositivos y plataformas virtuales, ya que se evita la circulación y desplazamiento de las personas.

El protocolo aprobado establece pautas para otras modalidades como la del consultorio privado, institucional, y domiciliaria, teniendo en cuenta la necesidad de cada paciente.

En el caso de la “modalidad de atención presencial en consultorio” está indicada solo en los casos en los que el tratamiento se vea imposibilitado mediante la asistencia remota y su continuidad sea considerada imprescindible.

En ese caso, esta modalidad se implementará “siempre y cuando el profesional, paciente o familiares convivientes no se encuentren comprendidos en grupos de riesgo ni presenten síntomas compatibles con Covid 19”.

En estos casos, a fin de reducir el desplazamiento de personas, se sugiere brindar atención a aquellos pacientes que residan en el mismo distrito o linderos a este y, fundamentalmente, que no dependan del traslado en transporte público de pasajeros. Algunas de las pautas generales dispuestas para este modalidad establecen la organización de turnos para evitar aglomeración de personas y desinfectar todo aquello con lo que el paciente y/o su acompañante haya estado en contacto.

En el consultorio permanecerán un musicoterapeuta y paciente, y podrá ingresar un acompañante en los casos en que por edad o condición se requiera.

La sala de espera solo estará habilitada para la permanencia de una persona cuando resulte imprescindible.

Previo a la sesión, ese mismo día se debe realizar un triage telefónico para indagar ante la presencia de síntomas compatibles con Covid-19 (tos seca, fiebre, dolor de garganta, pérdida del olfato, pérdida del gusto, dolor corporal) tanto del paciente como del grupo familiar conviviente.

Tanto los pacientes, acompañantes y profesionales deberán respetar todas las pautas de bioseguridad dispuestas para protección como el uso de barbijo, lavado de manos, alcohol en gel; como así también el establecimiento deberá contar con todos esos elementos de limpieza y desinfección requeridos para el cumplimiento de estas normas y de la desinfección del espacio físico, y del set instrumental utilizado en cada sesión por los pacientes.

Por último, para la “modalidad domiciliaria o institucional”, cada profesional musicoterapeuta evaluará la necesidad y adaptará la situación puntual de acuerdo a las recomendaciones pertinentes que contiene el protocolo dispuesto.

Fuente: Telam

Esta entrada ha sido publicada el 22 de septiembre, 2020 09:30

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Etiquetas: ministerio de salud