Canal Siete
martes 7 de mayo

Finalmente, las prepagas aumentarán menos de lo previsto

El aumento de las cuotas de la medicina privada a partir de diciembre no será del 15 por ciento sino del 10 por ciento.

El Gobierno dio a conocer la Resolución 1787/2020 del Ministerio de Salud, fijando la suba de las cuotas en un 10 por ciento, norma que fue publicada como Suplemento en el Boletín Oficial, y dando marcha atrás con lo anunciado hace pocos días, que implicaba un incremento del 15 por ciento en diciembre y otro 10 por ciento adicional en febrero.

“Se aprobó un ajuste a las cuotas de medicina prepaga que se aplicará en forma desdoblada: 15 por ciento en la cuota correspondiente a diciembre 2020 y 10 por ciento en la cuota de Febrero 2021”, había precisado el comunicado de la Superintendencia de Salud.

Sin embargo, la resolución de Salud dejó sin efecto este aumento al aducir “un error material en la misma”. De esta forma, el costo de la cuota de la medicina privada aumentará sólo 10 por ciento a partir del 1° de diciembre.

Las prepagas informaron a sus afiliados la suba del 15 por ciento. Por eso la Resolución 1787 aclara que en el supuesto que las prepagas hubieran informado el incremento del 15 por ciento, se considerará como válido el 10 por ciento a los fines de comunicar a los afiliados los aumentos con 30 días de anticipación.

La Resolución ahora vigente, no anticipa ningún aumento para 2021.

En las empresas de la medicina privada el achique del aumento de las cuotas fue inesperado, aunque en estos días les llamó la atención que la Resolución con la suba del 15 por ciento más el 10 por ciento no hubiera sido publicada en el Boletín Oficial, a pesar que les fue comunicado el incremento el viernes pasado.

Un factor clave que habría llevado a la anulación de la Resolución anterior es que si bien las entidades prepagas tuvieron aumentos en los costos, desde marzo pasado a través del decreto 300/2020 el Estado redujo en un 95 por ciento las contribuciones patronales de las empresas del sector y se les fijó una menor alícuota en el pago del impuesto a los débitos y créditos.

Fuente: El Día

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