Canal Siete
jueves 2 de mayo

El gobierno bonaerense les pidió a las clínicas privadas que suspendan todas las cirugías para liberar camas para los casos de coronavirus

Se deberán registrar en un sistema especial aquellas que estén libres. Además se dará absoluta prioridad a atender a las personas que sufren la enfermedad.

El Ministerio de Salud bonaerense abrió un registro obligatorio de camas de terapia intensiva y de piso del sector público y privado. La medida en la práctica apunta a que estén a disposición del Estado todas las camas del servicio privado de salud.

La actualización de este registro deberá realizarse hasta cuatro veces por día. Aquellas instituciones que incumplan con las medidas serán pasibles de sanciones o denuncias penales.

Además, el decreto dispone “la absoluta prioridad a la atención e internación de pacientes con COVID-19, mientras que a criterio médico, no se ponga en peligro inminente la salud de las y los pacientes, además de sostener la atención ambulatoria y las acciones de prevención, en los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires”

Crece el temor de un colapso del sistema sanitario (Foto: Telam)

En las consideraciones de la resolución, el Ministerio tomó en cuenta que el “relevamiento” hecho por las autoridades sanitarias “ha evidenciado un diferencial de hasta un 24 % entre la ocupación de camas informadas en el mencionado sistema y las que efectivamente se hallan ocupadas o liberadas, lo que afecta seriamente toma de decisiones”.

Cuáles son las medidas

El Ministerio dispuso “establecer la implementación del “SISTEMA DE GESTIÓN DE CAMAS” y su ejecución obligatoria para todos los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, independientemente de su fuente de financiamiento”.

“Los efectores públicos y privados darán tratamiento a la información a relevarse y cargarse en el “SISTEMA DE GESTIÓN DE CAMAS” vinculada a las personas internadas, como datos sensibles, respetando el secreto profesional, preservando su confidencialidad y la identidad de los titulares de los datos mediante mecanismos de disociación adecuados, para el ejercicio del control de la salud en la emergencia sanitaria”, indicó.

Además, encomendó a la Dirección de Información en Salud de la Dirección Provincial de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud realizar la actualización periódica de este sistema de gestión de camas en coordinación con la Dirección Provincial de Hospitales dependiente de la Subsecretaria de Atención y Cuidados Integrales de Salud”.

También dispuso “disponer la absoluta prioridad a la atención e internación de pacientes con COVID-19, mientras que a criterio médico, no se ponga en peligro inminente la salud de las y los pacientes, además de sostener la atención ambulatoria y las acciones de prevención, en los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires durante la vigencia de la emergencia sanitaria”.

El Ministerio decidió además “indicar la suspensión y reprogramación de toda cirugía y/o procedimiento que se puedan postergar y que, a criterio médico no revistan urgencia”.

Esta decisión se deberá mantener “mientras que no se ponga en peligro inminente la salud de las y los pacientes, sosteniendo la atención ambulatoria y las acciones de prevención, para todos los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la provincia de Buenos Aires cuya ocupación de camas de cuidados intensivos alcance el 70% de ocupación sostenido por un período mínimo de dos días como medida conducente a fin de contar con la mayor disponibilidad de camas para la prioritaria atención e internación de pacientes con COVID-19, a tenor de la emergencia sanitaria declarada”.

Esta medida, prosiguió, “deberá ser cumplida por los establecimientos alcanzados hasta tanto disminuya el porcentual indicado y se mantenga debajo del 70% durante al menos dos días pudiendo entonces retomar las actividades suspendidas por la presente”.

Por otra parte, advirtió que “el Director Médico y/o propietario y/o gerente y/o administrador y/o responsable de los establecimientos (…) que incumplieren con lo establecido serán pasibles” de la aplicación de sanciones y/o denuncias penales.

Fuente: TN

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