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sábado 4 de mayo
economía

Los cambios en Ganancias se implementan con los sueldos de junio e incluyen al medio aguinaldo

Más de dos meses después de la sanción por parte del Congreso, la reforma en el impuesto a las Ganancias se podrá en marcha desde este mes. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió que los cambios rijan desde los sueldos de junio, que se cobran hasta el 5 día hábil de julio, y así el medio aguinaldo, que se paga hacia fin de mes, no estará alcanzado por el gravamen

La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pontya firmó la reglamentación que no solo dispone el nuevo piso de $150.000 brutos mensuales para que trabajadores en relación de dependencia y jubilados estén alcanzados por Ganancias, sino también cómo se efectuará la devolución de lo retenido en los meses previos, dado que la reforma es retroactiva al 1° de enero.

En ese sentido, la funcionaria ratificó que el reintegro por los pagos de enero a mayo, que promedia los $7800 mensuales se efectivizará en cinco cuotas iguales y consecutivas desde juliopróximo, tal como había adelantado el presidente Alberto Fernández, a mediados de mayo último.

Con los cambios, más de 1,26 millón de contribuyentes dejarán de pagar este tributo de manera mensual y en el oficialismo cumplirán con su objetivo de “inyectar dinero en el bolsillo de la gente” como mecanismo para reactivar el consumo a escasos meses de las elecciones legislativas, que se realizarán en noviembre próximo.

Las claves de la reforma del Impuesto a las Ganancias

Así se completan los pasos formales para que rijan la reforma para que un millón de trabajadores y algo más de 200.000 jubilados dejen de estar alcanzados por el gravamen sobre los ingresos. Los principales cambios pueden resumirse en los siguientes:

  • Para los trabajadores activos, el nuevo piso queda en $150.000 brutos mensuales ($124.600 en mano) y para los jubilados, está fijado en hasta ocho haberes mínimos. Esos mínimos serán retroactivos a enero de este año.
  • Se devolverá lo retenido desde el 1º de enero hasta la aplicación efectiva del nuevo ingreso mínimo. El reintegro se realizará en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a pagar entre julio y noviembre.
  • Los sueldos brutos de entre $150.000 y $173.000 pagarán el impuesto con un régimen de alícuotas especiales por lo que verán también reducida la carga tributaria.
  • El aguinaldo queda exento del cálculo de Ganancias.
  • Se suman nuevas deducciones: horas extra, gastos en indumentaria, erogaciones por concubino o concubina, costo de guardería o del jardín materno-infantil para los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad, gastos educativos y una doble deducción por hijos e hijastros con discapacidad.
  • La “remuneración bruta” para aplicar o dejar afuera a un salario debe tener en cuenta el promedio mensual de lo que se cobre durante todo el año, por lo que muchos salarios por encima de $150.000 brutos pueden también quedar exentos del gravamen. (TN)
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