La Ley Ómnibus de Javier Milei fue enviada al Congreso de la Nación, donde los legisladores ahora deben darle tratamiento en sesiones extraordinarias. Entre las reformas que plantea el Gobierno se incluye la autorización a universidades para arancelar el estudio superior a extranjeros que no tengan residencia permanente.
“Respetando fielmente el principio de gratuidad de la educación universitaria para argentinos y extranjeros residentes, se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes”, explica el texto de 664 artículos.
En particular, la sección III de este proyecto se centra en las universidades de gestión estatal y privadas, proponiendo cambios radicales en diversos aspectos. Sin embargo, no menciona el sistema de vouchers que quería implementar Javier Milei, medida que estaba entre sus propuestas de campaña antes de ganar las elecciones.
Qué dice el artículo 553: gratuidad de estudios de Grado en instituciones de gestión estatal
El artículo 553 del proyecto de ley plantea una modificación sustancial al artículo 2° bis de la Ley N° 24.521. Según esta propuesta, los estudios de grado en instituciones de educación superior de gestión estatal serían gratuitos para todos los ciudadanos argentinos, nativos o por opción, así como para extranjeros con residencia permanente en el país.
“Se prohíbe cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, estableciendo un principio de acceso igualitario a la educación superior”, dice la reforma. Sin embargo, se permite a las instituciones establecer aranceles para aquellos estudiantes que no cumplan con estos requisitos.
Qué dice el artículo 554: acceso irrestricto a la enseñanza de Grado
El artículo 554 propone modificar el artículo 7° de la Ley N° 24.521 para garantizar un acceso libre e irrestricto a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior para todas las personas que hayan aprobado la educación secundaria.
El ingreso se complementaría mediante procesos de nivelación y orientación profesional y vocacional, sin que estos tengan un carácter selectivo, excluyente o discriminatorio. Adicionalmente, se ofrece la opción de un examen de ingreso directo como alternativa al proceso de nivelación.
Qué dice el artículo 555: evaluaciones externas periódicas
El proyecto propone sustituir el artículo 44 de la Ley N° 24.521 para establecer evaluaciones externas, a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o entidades privadas constituidas para tal fin, cada diez años.
Estas evaluaciones abarcarán las funciones de docencia, investigación, extensión y gestión institucional en el caso de instituciones universitarias nacionales. Las recomendaciones resultantes tendrán carácter público, fomentando así la transparencia y el mejoramiento continuo de las instituciones.
Qué dice el artículo 556: distribución transparente de recursos estatales
En relación con el financiamiento, el artículo 556 propone modificar el artículo 58 de la Ley N° 24.521 para establecer una distribución del aporte del Estado nacional basada en criterios como el número de estudiantes matriculados, tipo de carrera y área de formación.
Este aporte, determinado anualmente en el presupuesto general, busca asegurar el acceso a la educación superior en todo el territorio nacional, fomentar la calidad de la formación y garantizar la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Además, se establecen mecanismos de seguimiento y evaluación para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.
Además, impulsan cambios en el sistema educativo, con un examen integrador al finalizar la educación secundaria, y la posibilidad que los padres puedan tener conocimiento de las notas de sus hijos. Se permite que los profesionales no docentes puedan participar del proceso educativo y se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior.
Fuente: TN