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Cuánto dinero se puede transferir entre cuentas propias sin tener problemas con ARCA en mayo de 2025

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, puede realizar controles durante mayo de 2025 sobre personas que realicen transferencias mayores a $600.000 o mantengan saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000 en cuentas bancarias.

A su vez, el organismo también vigila el uso de billeteras virtuales cuando los movimientos superan los $2.000.000.

Qué errores evitar para no tener inconvenientes con ARCA en mayo de 2025

Si realizás transferencias entre tus propias cuentas, es fundamental seguir las normas fiscales para evitar sanciones o revisiones durante el mes de mayo.

Aunque son operaciones habituales, hay ciertos errores que podrían activar alertas en el sistema de control. Estos son los principales aspectos a tener en cuenta:

  • No responder a requerimientos del banco o billetera digital: si te piden información sobre el origen del dinero, es importante presentar los documentos requeridos en tiempo y forma. De lo contrario, la operación puede ser reportada como sospechosa ante la UIF (Unidad de Información Financiera).
  • No justificar el origen de los fondos: cualquier movimiento, incluso entre cuentas propias, debe tener respaldo documental. Si no tenés ingresos declarados, tanto la entidad financiera como ARCA podrían exigirte explicaciones.
  • Superar los límites operativos establecidos: cada banco o fintech fija sus propios topes. Excederlos sin autorización puede llevar al bloqueo de cuentas o generar auditorías internas.
  • Hacer transferencias sin documentación de respaldo: si realizás movimientos por encima de los montos permitidos y no podés justificar el motivo, ARCA podría iniciar una fiscalización.

Qué documentación puede requerir ARCA en mayo de 2025

  • Facturas o recibos de compra y venta
  • Contratos o papeles legales por venta de acciones o sociedades
  • Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
  • Comprobantes de facturación emitidos recientemente
  • Constancia de inscripción en el régimen de monotributo
  • Declaración del origen de fondos firmada por un contador público

Esta entrada ha sido publicada el 2 de mayo, 2025 09:00

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