Los contribuyentes de Monotributo tienen tiempo hasta el 5 de agosto para realizar la recategorización ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley 24.977 de régimen simplificado y sus normas modificatorias. Las nuevas escalas se actualizan de forma semestral, en este caso, se tomó como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de enero a junio.
La recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
El pago mensual del monotributo se puede hacer hasta el 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
Para hacer la recategorización en el Monotributo, los contribuyentes tienen tiempo hasta el 5 de agosto. El trámite se puede realizar de forma simple a través de la web y también desde un celular. Para ello deben seguir los siguientes pasos:
A diferencia de lo que ocurría hasta 2024, cuando la tabla de facturación, escalas y cuotas del Monotributo se actualizaban cada 1° de enero, la reforma fiscal fijó que indexen en enero y julio por la variación de la inflación acumulada “correspondiente al semestre calendario que finalice en el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.
Así, con un IPC acumulado de 15,1% en el primer semestre, los topes de facturación anuales del Monotributo quedarán desde agosto de la siguiente manera:
Esta entrada ha sido publicada el 17 de julio, 2025 08:02
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