La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la elaboración, el fraccionamiento y la venta en todo el país de dos marcas de aceite de oliva. Lo hizo a través de las Disposiciones 7214/2025 y 7215/2025 de ese organismo de control, publicadas en el Boletín Oficial.
Se trata de los productos “Aceite de oliva extra virgen marca Morando Premium, primera prensada en frío” y “Aceite de oliva, virgen extra de primera presión en frío, Oliva extra virgen; marca Estancia Olivares; Origen de Mendoza; RNE 13310522; RNPA 13496730”, en ambos casos, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Según se informó, los dos carecían de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y estaban falsamente rotulados al utilizar números de RNE y de RNPA inexistentes, “resultando ser en consecuencia productos apócrifos”.
Esto se comprobó luego de iniciar las actuaciones correspondientes por las consultas de particulares ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) acerca de la “genuinidad de los productos”.
Por ello, después de realizar los informes pertinentes, Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria de la Dirección de Legislación e Información Alimentaria para la Evaluación del Riesgo (DLEIAER) del INAL señaló que por tratarse de productos “que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina”.
Cabe recordar que tiempo atrás, la Anmar ya había prohibido la venta en todo el país de tres marcas de aceite de oliva tras detectar irregularidades en el etiquetado y la fabricación de los productos