
El Gobierno nacional oficializó un incremento escalonado del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) tras la falta de acuerdo en el Consejo del Salario. A través de la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, estableció subas mensuales desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026 y modificó el cálculo de la prestación por desempleo.
El Poder Ejecutivo tomó la decisión de avanzar unilateralmente luego del fracaso de la negociación entre sindicatos y empleadores. La Secretaría de Trabajo explicó que la medida busca garantizar la actualización de los valores mínimos del mercado laboral, ante la falta de consenso en la reunión del 26 de noviembre.
El esquema incluye diez aumentos consecutivos del SMVM. El primero fija, desde noviembre de 2025, un salario mínimo de $328.400 para trabajadores mensualizados de jornada completa, y un valor horario inicial de $1642. Aplicará para empleados bajo la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen agrario, la administración pública nacional y organismos estatales que actúan como empleadores.
Además, contempla montos proporcionales para jornadas reducidas o modalidades especiales.
Escala confirmada de aumentos mensuales del SMVM:
La Resolución 9/2025 también introduce cambios en la prestación por desempleo, que ahora se calculará sobre la base del 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya recibido en los últimos seis meses de actividad.
El beneficio tendrá un monto mínimo equivalente al 50% del SMVM vigente y un tope del 100%, manteniendo su actualización automática con cada aumento del salario mínimo.
Puntos clave del nuevo esquema:
El Gobierno cerró así un proceso de fuerte tensión entre las partes y estableció un camino de incrementos garantizados hasta agosto de 2026.
Esta entrada ha sido publicada el 9 de diciembre, 2025 08:42
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