
El Gobierno reglamentó el nuevo fondo para financiar las indenmizaciones, que surgió de la ley de reforma laboral. Se trata del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una medida que tenía que entrar en vigencia este mes, pero que el Ejecutivo demoró en reglamentar dado el costo fiscal que conlleva.
La reglamentación llegó mediante el decreto 408, publicado este lunes en el Boletin Oficial. Alli se fijaron detalles de la conformación y administración de estos fondos, así como el alcance, la forma de aportar, declaraciones, inversión y utilización de los recursos.
La medida establece que el esquema de los FAL entrarán en vigencia el 1 de noviembre de 2026. Estará destinado a empleadores privados y funcionará mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Cada firma tendrá una cuenta individual en la que acumularán los aportes al FAL y contempla una reducción de contribuciones patronales equivalente a los recursos volcados a ese fondo.
Los aportes deberán destinarse para futuras indemnizaciones, siempre que el trabajador haya sido registrado de manera adecuada al menos 12 meses antes del fin del vínculo laboral.
El decreto reglamentario del nuevo fondo para financiar indemnizaciones (FAL) estipula que los aportes se harán a través de ARCA y se podrá transferir fondos entre los distintos instrumentos de inversión autorizados.
El decreto detalla procedimientos para la apertura de cuentas individuales, declaración y pago de contribuciones, validación y pago de indemnizaciones, y establece sanciones por incumplimiento, con entrada en vigencia prorrogada al 1 de noviembre de 2026.
Los puntos clave de la reglamentación de los FAL pueden resumirse en los siguientes:
Esta entrada ha sido publicada el 1 de junio, 2026 10:12
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