
Semanas después de denunciar una “campaña antiargentina” en redes sociales y avanzar con nuevas medidas migratorias, el Gobierno reglamentó el procedimiento para que los hospitales nacionales comiencen a cobrar sus servicios para extranjeros no residentes.
La medida, ejecutada por el Ministerio de Salud que conduce Mario Lugones y publicada en la madrugada del martes en el Boletín Oficial, retoma la reforma migratoria que el Gobierno impulsó en mayo de 2025 vía el DNU 366/2025.
Entre otros puntos, el decreto de Javier Milei incorporaba nuevos requisitos para ingresar al país y condiciones más exigentes para la residencia permanente, además de otorgar a las universidades y hospitales nacionales a cobrar por sus prestaciones a extranjeros sin residencia. Sin embargo, este último punto en Salud nunca se llevó a cabo, mientras que en el área Educativa el Gobierno señaló a las casas de estudio por no querer implementar el arancelamiento.
Con la resolución, el Gobierno aprobó el “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional.
Tal como establecía el DNU 366, la normativa no modifica la situación para los extranjeros residentes permanentes, que mantienen el mismo acceso al sistema de salud de Nación que los argentinos, acreditando su condición migratoria con SU DNI.
Sin embargo, en el caso de los extranjeros no residentes el Gobierno habilitó dos mecanismos: en caso de que cuenten con un seguro de salud, el hospital podrá facturarle a la aseguradora el costo de la atención; mientras que si no tienen cobertura, deberán abonar previamente la prestación.
De acuerdo al decreto vigente, la atención de emergencias seguirá garantizada para todas las personas, “independientemente de su situación migratoria y no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos”. Entran dentro de esa categoría todas las situaciones que impliquen “un riesgo cierto e inminente para la vida o funciones vitales”, como infartos, ACV, traumatismos graves, hemorragias masivas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.
Sin embargo, una vez superada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora según corresponda.
Según explicaron fuentes del Ministerio de Salud, la resolución apunta a unificar el procedimiento para todos los hospitales nacionales y establecer reglas para la recuperación de costos de las prestaciones brindadas a extranjeros no residentes. Sin embargo, en última instancia, desde la cartera explicaron que serán los hospitales quienes tendrán que armar el mecanismo e implementarlo.
Fuente: TN
Esta entrada ha sido publicada el 11 de agosto, 2026 08:10
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