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Prohíben la venta de un juguete infantil blando por riesgos para la salud: cuál es y por qué fue retirado del mercado

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El Gobierno prohibió oficialmente la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento en todo el país de un tipo de juguetes infantiles blandos conocidos como “squeeze toy” o “squishy”, al considerar que podrían representar riesgos para la salud de los consumidores.

La medida fue ratificada a través de la Disposición 690/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Según la norma, la prohibición alcanza a los “juguetes infantiles blandos ‘tipo squeeze toy/squishy’, consistentes en figuras de polímero plástico blando con forma de ‘gyoza, dumpling o similares’, y con denominaciones comerciales como ‘Squeezy Duplings’, ‘Dumpling Squishy’, ‘Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis’, ‘Dumpling Squishy con Steamer Box’ o sin marca declarada en versiones genéricas de similar tenor, cualquiera sea su formato”.

Según la norma, la prohibición alcanza a los “juguetes infantiles blandos ‘tipo squeeze toy/squishy’, consistentes en figuras de polímero plástico blando con forma de ‘gyoza, dumpling o similares’, y con denominaciones comerciales como ‘Squeezy Duplings’, ‘Dumpling Squishy’, ‘Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis’, ‘Dumpling Squishy con Steamer Box’ o sin marca declarada en versiones genéricas de similar tenor, cualquiera sea su formato”.

Una alerta emitida a principios de julio por la Office for Product Safety and Standards (OPSS) del Reino Unido detalló que el benceno “puede absorberse a través de la piel durante la manipulación normal del juguete, sin necesidad de que el niño se lo lleve a la boca”. También puede producir irritación en la piel, los ojos y la garganta.

El texto también menciona denuncias presentadas por la Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ), por caso, antes del último Día del Niño, y antecedentes vinculados con alertas emitidas en el Reino Unido sobre productos similares por riesgos químicos para los consumidores.

En los considerandos, el Gobierno indicó que ya había dispuesto medidas preventivas, requerimientos de información, verificaciones sobre el cumplimiento de normas técnicas de seguridad, alertas dirigidas a la Dirección General de Aduanas y medidas para impedir la comercialización de estos productos a través de plataformas de intermediación.

Sin embargo, sostuvo que la eventual escala de comercialización de estos juguetes y la posibilidad de adquirirlos tanto en comercios físicos como mediante redes sociales y tiendas online justificaban una medida de alcance nacional.

El documento, además, establece que las “las existencias o almacenamientos de los productos consignados” que actualmente estén en poder de “importadores, fabricantes, comercializadores mayoristas o minoristas a la fecha de entrada de la presente disposición, deberán ser destruidos o desechados en forma segura e inmediata, conforme la normativa vigente”.

Asimismo, dispone que los importadores, fabricantes, comercializadores mayoristas o minoristas que tengan sitios web deberán informar los alcances de la medida en forma destacada dentro de las 72 horas hábiles posteriores a su entrada en vigencia.

Esta entrada ha sido publicada el 31 de agosto, 2026 11:00

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