Causa bolsos en la ria

Casación confirmó la condena por el intento de exportar cocaína desde el puerto de Bahía Blanca

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la condena a 10 años de prisión contra un hombre acusado de intentar exportar casi 200 kilos de cocaína a través del puerto de Bahía Blanca. La Sala IV rechazó el recurso presentado por la defensa y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal de esa ciudad por tentativa de contrabando agravado.

El condenado es Aureliano Villalba Cabrera, considerado partícipe primario de la maniobra. Según el tribunal, aportó los medios logísticos indispensables para concretar la operación de tráfico internacional de estupefacientes.

El hallazgo y la investigación

La causa se inició en junio de 2022, cuando la Prefectura Naval Argentina halló a la deriva el semirrígido “ALI LAFKEN II” en el canal de acceso al puerto bahiense. En los días siguientes comenzaron a aparecer bolsos herméticos con panes rectangulares de cocaína —marcados con la inscripción “PATRÓN”— en distintos sectores de la ría y en una playa cercana a la Base de Infantería de Marina Baterías.

Las pericias químicas determinaron que el cargamento ascendía a 196,36 kilos de clorhidrato de cocaína, con una pureza cercana al 80%.

El análisis de cámaras de seguridad, registros de navegación GPS y movimientos vehiculares permitió reconstruir que la embarcación había sido trasladada en tráiler desde Florencio Varela hasta Bahía Blanca. La hipótesis judicial sostuvo que la droga debía ser transferida a un buque de ultramar para su comercialización en el exterior, operación que finalmente no se concretó.

La condena

El 12 de mayo de 2025, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a Villalba Cabrera como partícipe primario del delito de tentativa de contrabando agravado, por tratarse de estupefacientes destinados inequívocamente a la comercialización y por la intervención de tres o más personas.

Los jueces consideraron probado que el acusado era el propietario real del semirrígido y de la camioneta Ford Ranger utilizada para trasladarlo hasta la zona portuaria. Señalaron que su aporte resultó esencial para la ejecución del plan.

También valoraron que la embarcación presentaba modificaciones compatibles con el transporte de carga pesada y sistemas de izado preparados para transferir bultos a buques de mayor porte en aguas profundas. Además, registraba cortes en los pontones que fueron interpretados como parte de un abandono deliberado destinado a encubrir la maniobra.

El rechazo del recurso

La defensa apeló ante Casación y cuestionó la legitimación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como querellante, la valoración de la prueba y la pena impuesta, que calificó de desproporcionada.

La Sala IV, integrada por los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, rechazó los planteos.

Carbajo sostuvo que la condena se apoyó en una “red de indicios plural, precisa y convergente” suficiente para alcanzar el grado de certeza exigido en materia penal. En cuanto a la pena, afirmó que fue correctamente fundada.

Borinsky consideró que no se verificaron nulidades procesales y que la sentencia constituyó un acto jurisdiccional válido, derivado de un análisis lógico y razonado de las pruebas. Hornos, por su parte, destacó que el tribunal realizó una evaluación integral de los elementos probatorios y descartó una desproporción evidente en la pena frente a la magnitud del cargamento y la logística desplegada.

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