Tras un juicio desarrollado la semana pasada en el Tribunal Criminal 3 jueces de ese cuerpo, condenaron en las últimas horas a Matías Langone a cumplir 10 AÑOS DE CARCEL, tras ser hallado responsable de herir y lesionar con un arma de fuego a Katherine Alejandra Mendoza, (también ex pareja del asesinado Juan Ramon Romero Miranda), y de portación de arma de fuego de guerra
LA PRIMERA IMPUTACIÓN DIO POR ACREDITADO QUE el día 15 del mes de noviembre del año 2022, siendo las 08:10 hs aproximadamente, en la calle Segunda Calvo 1950 de la ciudad de Bahía Blanca, Matías Gabriel Langone efectuó disparos con una arma de fuego sobre su pareja Mendoza Katherine Alejandra, ocasionándole con su accionar un orificio de entrada a nivel muslo derecho anterior medial y
orificio de salida posterior, presentando compresión de arteria femoral con fractura de fémur, siendo las mismas lesiones de carácter grave.
Esa mañana personal policial de comisaría Quinta se hicieron presentes en Manuel Calvo al 1.900, donde había dos personas confrontando y una tenía un arma de fuego. Poco después se recibió un nuevo llamado, manifestando que esas personas se dirigían en un vehículo particular al hospital y que al menos una de ellas estaba herida.
La declaración de la mujer fue clave: “convivieron siete u ocho meses. Relató que el día de los hechos, a las doce de la noche Langone recibió un llamado de un amigo y se fue, regresando a eso de las siete u ocho de la mañana, en el auto con música fuerte. Que Langone bajó “con una 9 mm en la mano, con una botella de whisky, borracho, en mal estado, con chupones en el cuello, que desató el problema que tuvimos, discutimos dentro de la casa”. Refirió Mendoza que su pareja empezó a “tirar tiros” y le apuntó a la cabeza. Que ella se asustó, salió corriendo hacia el auto porque sabía que Langone siempre tenía otra pistola en la gaveta, señalando: “rompí el vidrio del auto para poder sacar la pistola, me dio un tiro en la pierna”. En ese momento se le dispararon a ella tiros hacia él, cayendo impactada, desangrándose, agregando que “de a ratitos perdía la noción”.
Por esta causa los jueces condenaron por ser responsable de lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, cometidas mediante el empleo de arma de fuego y le aplicaron 5 años de prisión.Además, se dispuso que -de ser necesario- el condenado realice un tratamiento psicológico en el penal y la eventual participación en el dispositivo de Masculinidades Violentas del Patronato de Liberados Bonaerense o uno similar que pueda aplicarse en contexto de encierro.
En tanto jueces del Tribunal Criminal 2 le aplicaron otra condena. EN ESTA CAUSA LE IMPUTARON: el día 11 de mayo de 2025, siendo aproximadamente las 11.30 horas, Matías Gabriel Langone portó sin la debida autorización legal un arma de fuego pistola 9 mm. marca Taurus , siendo que dicho arma se encontraba junto a su cargador conteniendo 10 proyectiles 9
mm. -dos de ellos percutados-, en condiciones inmediatas de uso; en circunstancias en que fueren
interceptados por personal policial cuando circulaban a bordo de un vehículo marca Renault modelo Clio
RN 1.9 color blanco , logrando los preventores que detengan la marcha en la calle Vieytes N° 3115 de Bahía Blanca, luego de una persecución, a raíz de ser alertados por el centro de emergencias 911 de que previamente el ocupante de dicho rodado habría efectuado disparos de arma de fuego en la calle Ecuador N° 132 de esta ciudad, procediendo al secuestro del arma de fuego y cargador indicados en el piso del rodado del lado del conductor en el sector de los pedales del vehículo donde se encontraba el nombrado Langone, y al secuestro de una munición 9 mm., debajo del asiento del acompañante
Por la segunda acusación le impusieron 5 años de cárcel tras ser condenado por el delito de portación ilegal de arma de fuego de guerra.
Además se lo declaró REINCIDENTE, ya que tenía libertad condicional tras 2 años de prisión por tenencia simple de estupefacientes, y se le revocó esa libertad de la que gozaba.
No se computaron atenuantes, ni agravantes ni eximentes.
LA DEFENSA DEL SUJETO MANIFESTO A canalsiete.com que apelara el fallo.
Esta entrada ha sido publicada el 19 de agosto, 2025 14:59
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