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lunes 29 de abril
economía

Desde marzo deberán registrarse todos los contratos de alquiler de propiedades: ¿Cómo hacer el trámite?

La AFIP reglamentó el sistema de registración de locación de inmuebles. Según los inquilinos, el 80% del mercado está en negro.

La resolución del déficit habitacional es uno de los tantos temas que tiene en agenda el Gobierno, potenciado a partir de las tomas de tierras que se sucedieron a lo largo de 2020. Lejos de los créditos hipotecarios, en la búsqueda por dar una respuesta, la administración de Alberto Fernández apunta por un lado a reforzar la construcción de viviendas sociales, enfocadas fundamentalmente en los sectores de menores recursos; y por otro a intentar crear condiciones de alquiler más beneficiosas para los inquilinos.

Este miércoles la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el sistema de registración de contratos de locación de inmuebles, que le permitirá acceder a información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, pero que a la vez obligará a muchos propietarios a blanquear las operaciones. De hecho, si no lo hacen ellos o las inmobiliarias u operadores pueden registrar el inmueble los propios inquilinos.

Según la organización Inquilinos Agrupados, el 80% del mercado está en negro y por eso este registro es elemental para ir poniendo la lupa sobre esta situación. “Se podrá saber quiénes conforman el negocio del acceso a la vivienda y quiénes alquilan y bajo qué condiciones, medida fundamental para que el Gobierno pueda llevar adelante políticas públicas para mejorar las condiciones del acceso a la vivienda”, destacó Gervasio Muñoz, titular de la entidad.

El nuevo registro, paso por paso

  • Se debe ingresar con clave fiscal en afip.gob.ar al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles-Reli-Contribuyente”.
  • Entra en vigencia el 1° de marzo.
  • Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como los concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril inclusive.
  • Deberán registrarse todas las propiedades alquiladas. Incluye locaciones de bienes inmuebles urbanos; arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales; locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, y locaciones de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales, hipermercados y shoppings.

  • Podrán inscribir
     las propiedades los propietarioslos intermediarios de las operaciones de alquiler -ya sean las inmobiliarias, los corredores inmobiliarios o los escribanos- y los propios inquilinos.
  • Se deberá proporcionar datos vinculados con el rol de locador, la identificación del inmueble y el resto de los intervinientes, al tiempo que se tiene que adjuntar el contrato.
  • El plazo para informar estas operaciones, tanto para cuando se suscriba el contrato de locación o arrendamiento, o para cuando se modifique uno ya existente, será dentro de los 15 días corridos posteriores al acto.
  • Se sancionará a quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.

Un paso hacia el blanqueo de operaciones

El registro de locación de inmuebles forma parte de la Ley de Alquileres que generó quejas desde el sector privado inmobiliario, pero que celebraron los inquilinos.

La ley N° 27.551 dispuso que cuando se inicien acciones judiciales a causa de la ejecución de un contrato de locación, previo a correr traslado de la demanda, el juez debe informar a la AFIP sobre la existencia del contrato. El sistema para las comunicaciones judiciales estará disponible a partir del 15 de abril.

“Con el registro de contratos de alquiler en AFIP se abre una nueva etapa en las políticas de vivienda en la Argentina”, destacó Muñoz, que evaluó también que “con esta medida, se termina la posibilidad del incumplimiento de la ley de alquileres”.

En el mismo sentido, indicó que “en un mercado que se calcula que el 80% se maneja en la informalidad, es fundamental esta medida para terminar con una evasión multimillonaria, para que los inquilinos reciban facturas y puedan hacer cumplir sus derechos”.

Además, subrayó que “los propietarios que quieran llevar adelante juicios de desalojos deberán haber declarado el contrato de alquiler previamente”, por lo que, una vez, se alienta el blanqueo de las operaciones inmobiliarias.

Fuente: TN

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