Canal Siete
lunes 29 de abril
"Que lo tenga y me lo dé"

Un hombre acudió a la justicia de San Juan para frenar el aborto de su expareja

“Le pido que lo tenga y me lo dé”, pidió. La resolución del caso podría sentar un precedente, aunque rige en todo el país la ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del embarazo.

Un sanjuanino hizo un pedido ante la Justicia para que no le permitan a su expareja practicarse un aborto. Aunque la Ley Nº 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) está vigente en todo el país y ampara a la mujer a decidir, el hombre insistió: “Sé de los derechos de quien era mi pareja, pero solo le pido que lo tenga y que me lo dé”. La resolución del caso podría sentar un precedente en la provincia de San Juan.

“Estoy haciendo lo imposible para defender la vida de mi hijo”, explicó el hombre en diálogo con Radio AM 1020, y añadió: “Yo no le voy a hacer faltar nada”. Además, remarcó que el embarazo lleva 12 semanas de gestación y “se les acaba el tiempo” para recibir una respuesta oficial.

Es que de acuerdo a Ley IVE, que fue sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, toda mujer argentina tiene el derecho de decidir si lleva a término o no un embarazo, siempre y cuando tome la decisión hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional.

“Solo quiero que la Justicia entienda que mi hijo y yo también somos personas y tenemos derechos. Es una lucha muy difícil, los días pasan y se nos acaba el tiempo”, expresó el hombre”, y concluyó: “Como pensamos diferente (con su ex), hemos perdido el diálogo, pero a pesar de eso le propuse que lo tenga y me lo entregue. Si después ella quiere continuar con su vida lo va a poder hacer”. Según publicó el Diario Huarpe de San Juan, la pareja se habría distanciado justamente por las diferencias entre ambos sobre la posibilidad de ser padres.

Los puntos más importantes de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

  • El aborto es de acceso libre hasta la semana 14 de embarazo.
  • Una vez pasado ese plazo, el aborto es legal en caso de peligro para la vida o la salud de la persona gestante o en caso de violación.
  • Es posible acceder a la práctica en los servicios del sistema de salud público y privado, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento.
  • Las personas de 16 años o más tienen plena capacidad por sí mismas para prestar su consentimiento; se presume que las niñas de 13 a 16 años cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida (conforme lo establece el art 26 del Código Civil y Comercial de la Nación).
  • El personal de salud deberá brindar un trato digno, garantizar la privacidad y confidencialidad de la información, y respetar la autonomía de la voluntad.
  • El funcionario público o personal de la salud que dilate, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados podrá ser sancionado penalmente e inhabilitado para el ejercicio de la profesión.

Fuente: TN

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